Banobras debe entregar versión pública de documentos de la ONU sobre Avión presidencial, instruye INAI
Ciudad de México, a 2 de octubre de 2019
· “Es un asunto de relevancia nacional, porque el Presidente de la República anunció, en abril pasado, la venta del avión presidencial y Banobras informó sobre la publicación de la investigación de mercado, que originó el inicio formal del proceso de venta de la aeronave”, Josefina Román Vergara, Comisionada del INAI
· “La difusión de la información solicitada constituye un elemento fundamental para la rendición de cuentas, que permitirá a la ciudadanía la mejor comprensión del proceso de enajenación del avión presidencial y, sobre todo, del ejercicio de los recursos públicos”, puntualizó
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Banco Nacional de Obras y Servicios (Banobras) dar a conocer la versión pública de los documentos que recibió el Presidente de México por parte de la Organización de las Naciones Unidas sobre el avión presidencial, (TP01, José María Morelos y Pavón), que se encuentra en venta.
En sesión del Pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara informó que un particular solicitó dicha información y en respuesta, Banobras negó el acceso al “Acuerdo Específico de Colaboración”, ya que, argumentó se trata de un insumo relevante en el procedimiento de enajenación del avión presidencial, por lo que se consideró reservado.
Asimismo, Banobras indicó que el documento contiene información de carácter confidencial, sobre el patrimonio de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos.
Ante la negativa de Banobras, el particular acudió al INAI a presentar el recurso de revisión.
En el análisis del caso, Josefina Román Vergara explicó que se tuvo a la vista el “Acuerdo Específico de Colaboración” y se corroboró que en el documento no se desprenden los detalles con relación a la negociación de la Aeronave 787-8, o bien, algún esquema o estrategia de venta alguna.
Por el contrario, dijo, es un instrumento donde se estipulan los alcances, las obligaciones de las partes, los acuerdos financieros, así como la finalidad que conlleva la firma del mismo y en este sentido, se consideró que el acuerdo no causaría una afectación en la comercialización y enajenación de la Aeronave 787-8.
Sin embargo, agregó, se estima que dentro del contrato sí obra información confidencial, respecto de la denominación o razón social y domicilio de la institución bancaria; el número de cuenta bancaria; y el número de identificador bancario o código Swift de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos.
“Es un asunto de relevancia nacional, toda vez que, en abril pasado, el Presidente de la República anunció la venta del denominado avión presidencial (TP01, José María Morelos y Pavón). Para ello, Banobras informó sobre la publicación de la investigación de mercado, que originó el inicio formal del proceso de venta de la aeronave”, subrayó la Comisionada del INAI.
Josefina Román explicó que el artículo 134 constitucional prevé que deben administrarse con transparencia los recursos económicos de que dispongan los diversos entes públicos y en este sentido, la Constitución establece claras e ineludibles directrices a todas las autoridades y personas físicas y morales que reciban recursos públicos.
“La difusión de la información solicitada constituye un elemento fundamental para la rendición de cuentas, que permitirá a la ciudadanía la mejor comprensión del proceso de enajenación del avión presidencial y, sobre todo, del ejercicio de los recursos públicos”, puntualizó.
La Comisionada del INAI manifestó que los recursos del Estado deben ser manejados con transparencia, honradez, eficiencia, eficacia y economía, para su utilización y su administración eficaz, en consideración de su origen, por la fuente de la que provienen, y tienen como destino final los propios gobernados.
En consecuencia, el Pleno del INAI ordenó a Banobras modificar la respuesta y le instruyó entregue al particular la versión pública del “Acuerdo Específico de Colaboración” entre México y la Oficina de las Naciones Unidas sobre el avión presidencial omitiendo la información confidencial que contiene.