Semarnat debe informar sobre presunta pivatización de playa la Lancha en #Nayarit
#CiudaddeMéxico, 4 de agosto de 2019
· La información pública es la vía para despejar las suspicacias. Las autoridades que estuvieron y están a cargo, pueden usarla para demostrar que actuaron con estricto apego al derecho: Joel Salas Suárez, comisionado del INAI
· Además, contribuirá a que los ciudadanos interesados en defender el medio ambiente en esta zona de Nayarit, dispongan de elementos para poder llamar a cuentas a las autoridades, subrayó
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) debe dar a conocer el formato único mediante el cual se solicitó la modificación a las bases y condiciones del Título de Concesión en favor de la empresa “Ranchos la Lancha Punta Mita SA de CV.”, que dio lugar a la presunta privatización de la playa “La Lancha”, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez expuso que esta solicitud de información está relacionada con la restricción de acceso a dicha playa, ubicada en Punta de Mita, Nayarit, actual sede de un centro turístico exclusivo y rodeada de un fraccionamiento, propiedad de Grupo DINE, filial de la empresa “Ranchos la Lancha Punta Mita SA de CV.”
Salas Suárez recordó que el cierre de la playa ocasionó que activistas y pobladores se enfrentaran con guardias privados, acompañados por agentes de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
“La información pública es la vía para despejar las suspicacias. Las autoridades que estuvieron y están a cargo, pueden usarla para demostrar que actuaron con estricto apego al derecho, procurando que la concesión de la playa se haya hecho a una empresa con responsabilidad social corporativa y honesta”, apuntó. .
El comisionado Joel Salas enfatizó que el formato único solicitado es el documento presentado por el hoy concesionario para demostrar que reúne las condiciones requeridas para proteger adecuadamente el ecosistema.
Añadió que la información pública contribuirá a que los ciudadanos interesados en defender el medio ambiente en esta zona de Nayarit dispongan de elementos para poder llamar a cuentas a las autoridades y difundir información que concientice a la población sobre la importancia de los manglares.
La Semarnat, a través de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, clasificó como reservado el documento requerido, argumentando que forma parte de un expediente relacionado con un recurso de revisión, procedimiento administrativo y la información podría utilizarse en perjuicio del procedimiento.
Inconforme con la respuesta, la particular que solicitó la información interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que dar a conocer el documento no alterará el acto administrativo referido.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Joel Salas advirtió que la reserva invocada por la Semarnat no es aplicable, pues la información peticionada no forma parte de las actuaciones, diligencias o constancias del recurso de revisión sustanciado en la Semarnat.
Por otra parte, la prueba de daño proporcionada por el sujeto obligado no tiene el mérito suficiente para clasificar como reservada la información requerida, ya que no se acreditó que la divulgación de la información afecte o entorpezca la resolución del recurso de revisión o vicie el procedimiento que está solventando el sujeto obligado.
Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó, por unanimidad, la respuesta de la Semarnat y le instruyó proporcionar a la particular copia del formato único recibido el 19 de enero del año 2016, en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, mediante el cual se solicitó la modificación a las bases y condiciones del Título de Concesión No. DGZF-100/01 en favor de “Ranchos la Lancha Punta Mita SA de CV.