Secretaría De Relaciones Exteriores Debe Precisar Datos De Familias Mexicanas Separadas Por Política ‘Tolerancia Cero’
Entre otra información, debe especificar el punto fronterizo en el que fueron separadas; las instalaciones donde concentraban a los detenidos, y la fecha en la que fueron reunificadas
Es de interés público conocer las acciones del Estado mexicano para atender y asistir a las personas migrantes, sobre todo, cuando se trata de menores de edad
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) precisar datos de las familias mexicanas separadas, a partir la política migratoria ‘Tolerancia cero’, implementada por el gobierno de los Estados Unidos.
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena aseguró que resulta de interés público conocer las acciones del Estado mexicano para atender y asistir a las personas migrantes, sobre todo, cuando se trata de menores, quienes, además de ser detenidos para ser deportados, son separados de sus familias en condiciones de incertidumbre y con barreras que van más allá del idioma, el desconocimiento del proceso legal, el tiempo que permanecerán en los centros de migración y el momento en que volverán a reunirse con sus familias.
“Para todos es conocido que en los últimos años los controles migratorios en esta frontera se han recrudecido; el desvío de flujos migratorios a zonas más inseguras para evadir dichos controles y la contratación más frecuente de traficantes ha aumentado al poner en peligro la vida de los migrantes indocumentados, especialmente, la de los niños y las niñas quienes tienen un mayor grado de exposición a sufrir accidentes y ser incorporados en redes del crimen organizado o ser sometidos a la explotación sexual y laboral”, planteó.
La comisionada Ibarra Cadena destacó que el acceso a la información no sólo permite conocer asuntos relacionados con el abuso de poder, presuntos actos de corrupción o el manejo discrecional de recursos, también situaciones con un impacto social y humanitario, como la separación de familias en la frontera norte.
En este contexto, el INAI resolvió que la SRE especifique el punto fronterizo en el que fueron separadas las familias; entidad y municipio de origen; número de integrantes; edad de cada uno; miembros procesados y retenidos; estado y ciudad de EU en donde se encontraban quienes fueron procesados y el delito por el que se les detuvo; nombre de las instalaciones donde concentraban a los detenidos, indicando estado y ciudad; los integrantes que continúan en Norte América, y de ser el caso, la fecha en la que fueron reunificadas y aquella en la que retornaron a su estado de origen.
En respuesta al particular interesado en conocer los datos, la SRE indicó que, al 2 de agosto de 2018, tenía registrados 29 casos de niños, niñas y adolescentes separados de sus familias, precisando que 15 de ellos se encontraban en un refugio y 14 ya habían sido reunificados; en total, 24 familias a las que se les aplicó la política migratoria.
Sin embargo, la dependencia clasificó como confidencial la información de los centros migratorios donde se encontraban los menores, la entidad de origen y el sexo y su edad, así como datos de sus familiares, por considerar que revelarlos permitiría identificar a los menores y a sus familiares.
Inconforme con la clasificación, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que se trata de información estadística. En alegatos, la SRE reiteró su respuesta.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la comisionada Ibarra Cadena se advirtió que algunos de los datos solicitados se encuentran disponibles para su consulta en Internet.
Por ejemplo, la información relativa a los puntos fronterizos y los albergues en donde se encontraban los menores separados de su familia fue publicada por la propia SRE; el estado y municipio de donde son originarias las familias, están disponibles en el portal de la Secretaría de Gobernación, en el apartado eventos de repatriación de menores migrantes mexicanos.
Asimismo, se corroboró que la fecha de detención de la familia, el número de integrantes y de ellos cuántos fueron procesados y cuántos detenidos, son datos estadísticos que por sí mismos no permitirían la identificación de cada uno de los menores separados de sus familias en Estados Unidos ni de las personas adultas que los acompañaban.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI, por unanimidad, resolvió modificar la respuesta de la SRE e instruirle entregar al particular los datos requeridos de las 24 familias de origen mexicano separadas a partir de la política migratoria ‘Tolerancia cero’