SCJN podría invalidar protección de la vida “desde la concepción” en Nuevo León

SCJN podría invalidar protección de la vida “desde la concepción” en Nuevo León

 

Ciudad de México.- Escrito por La Redacción 10 febrero, 2022. CIMACFoto: César Martínez López. Hace casi tres años el congreso de Nuevo León reformó su Constitución local para proteger la vida “desde el momento de la concepción”, pero este mes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría declarar inconstitucional esta reforma.

Apenas el 9 de septiembre de 2021 el pleno de la Suprema Corte determinó por unanimidad que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana y el concepto de “persona”, por lo que invalidó la fracción del artículo 4° Bis A, de la Constitución Política del estado de Sinaloa que establecía la tutela del derecho a la vida “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente, hasta su muerte”.

Este mes la Suprema Corte revisará dos acciones de inconstitucionalidad (41/2019 y 42/2019) promovidas por la

José Mauricio Morales Sánchez – Notario No. 38, Zitácuaro

Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León sobre la “protección de la vida desde la concepción” en ese estado.

Ambos organismos demandan la invalidez del artículo 1, párrafo segundo, de la Constitución Política local, publicado en el Periódico Oficial local el 11 de marzo de 2019, en el Decreto 107.

Este artículo establece: “El Estado reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene. Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, sin perjuicio de las excluyentes de responsabilidad previstas en el Código Penal para el Estado de Nuevo León”.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien en la discusión de Sinaloa consideró que los estados carecen de competencia para delimitar y dimensionar los Derechos Humanos, está a cargo del proyecto de resolución de este caso enlistado este 10 de febrero entre los temas a discutir de la Corte, aunque el asunto esta pendiente desde noviembre de 2021.

Desde 2007, cuando la Ciudad de México despenalizó el aborto hasta las doce semanas de gestación, los congresos de los estados de la República legislaron para incluir “la protección de la vida desde la concepción”, tratando de evitar el avance del aborto como derecho. En 2019 sumaban 20 estados con estas reformas.

A pesar de ello, en los estados conviven las normas constitucionales que “protegen la vida desde la concepción y la fecundación” y las legislaciones penales que sanciona la interrupción del embarazo.

En el recurso que presentó ante la Suprema Corte, la CNDH argumentó que esta norma que protege la vida “desde la concepción” perturba el núcleo esencial de los derechos a la salud, al libre desarrollo de la personalidad, a la vida privada, a la dignidad humana en su vertiente de elegir libremente su plan de vida, a la familia, de decidir el número de espaciamiento de los hijos, libertades reproductivas y, por tanto, resulta inconstitucional.