Por trasladar a menores de 5 años en asientos delanteros de vehículos, multa de mil 26 pesos: SSP


-La sanción se encuentra estipulada artículo 98, fracción IV, inciso “D”, del Reglamento de la Ley de Tránsito y Movilidad del Estado

Morelia, Michoacán, a 29 de julio de 2020.- Para garantizar la seguridad de las y los niños al encontrarse al interior de un vehículo, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), exhorta a los conductores para que los menores de 5 años de edad, viajen en los asientos posteriores de las unidades, tal y como lo establece el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado; para quienes no acaten esta disposición, serán acreedores a una sanción económica de mil 26 pesos.

En seguimiento a las acciones preventivas que mantiene la institución, a través de la Dirección de Tránsito y Movilidad se realizan diferentes actividades encaminadas a fomentar una adecuada cultura vial, la cual permitirá respetar el mencionado Reglamento, mismo que establece en su artículo 78, fracción V, que las y los niños deben viajar en la parte trasera del vehículo.

Los oficiales realizan la recomendación a conductores para que coloquen asientos de seguridad, los cuales son un aditamento que reduce considerablemente el riesgo sobre lesiones físicas en los menores, en caso de que ocurra una colisión.

Para quienes contravengan las disposiciones, serán sancionados con una multa de 10 Unidades de Medida de Actualización (UMAS), equivalente a mil 26 pesos, como lo establece el artículo 98, fracción IV, inciso “D”, del Reglamento.

Ante cualquier emergencia vial, la SSP pone a disposición de la sociedad michoacana la línea 911 para solicitar apoyo.