Operación de Asociaciones Religiosas debe tener supervisión puntual del Estado Mexicano: Octavio Ocampo
Su operación no debe generar estados de excepción dentro del territorio nacional
La operación de las asociaciones religiosas en el país, debe contar con una supervisión puntual y permanente del Estado Mexicano para evitar no sólo violación de derechos humanos, sino actos que contravengan el marco legal mexicano, subrayó el diputado Octavio Ocampo Córdova, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXXIV Legislatura del Congreso del Estado.
Frente a los escándalos que se ha venido suscitando en México debido a los procesos legales que se han emprendido por actos delincuenciales cometidos por integrantes de agrupaciones religiosas, el legislador consideró que debe existir mayor atención de parte del Gobierno Federal para que la operación de estas asociaciones no generen estados de excepción dentro del territorio nacional.
El diputado por el Distrito de Huetamo apuntó que en nuestro país se tiene el registro de un total de nueve mil 359 asociaciones religiosas de las que 154 operan en Michoacán, lo que ubica a la entidad en el lugar 22 nacional.
Enlistó que la Ciudad de México es la que más concentra Asociaciones Religiosas (1,292), y luego está el Estado de México (644), Nuevo León (642), Tamaulipas (577), y Veracruz (555); mientras que los estados con menos Asociaciones son Colima (22), Baja California Sur (26), Tlaxcala (30), Aguascalientes (57), y Campeche (78).
“Nuestras leyes nos otorgan el derecho de tener o adoptar la creencia religiosa que más nos agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de nuestra preferencia; también nos protege para no ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas”.
No obstante. refirió que las Asociaciones tienen obligaciones legales que cumplir ante el Estado Mexicano, como el informar en forma inmediata a la autoridad correspondiente la probable comisión de delitos, cometidos en ejercicio de su culto o en sus instalaciones.
Recordó que al cometerse un delito en contra de niñas, niños o adolescentes, dichas agrupaciones deben informar en forma inmediata a sus padres o a quienes ejerzan la patria potestad.
“La operación de las Agrupaciones Religiosas no implica abrir espacios en territorio nacional para que sean tierra de nadie, son sitios en que las y los mexicanos pueden ejercer su derecho al libre culto, por lo que la supervisión del Estado Mexicano debe ir en función de garantizar ese derecho, no de generar estados de excepción como los hemos visto a últimas fechas”.