Adulterio: un pecado muy (i)legal
Pedro de Arístegui, Centro de Colaboraciones Solidarias.- En España, hasta hace bien poco, uno podía acabar entre rejas por engañar a su cónyuge. Los artículos 449 y 452 del Código Penal iban más allá: no sólo contemplaban el adulterio, también el amancebamiento. La idea monolítica del matrimonio entre un hombre y una mujer estuvo sacralizada hasta 1978 cuando, ya con Adolfo Suárez como presidente del Gobierno se decidió despenalizarla y sacudirse así otro de los atavismos de la dictadura.
Pero la lapidación no tiene su origen en el islam. El Antiguo Testamento ya la contemplaba para una decena de casos, entre ellos, «tener relaciones sexuales, estando casado o casada, con otra persona». En ese caso, los díscolos eran apedreados hasta morir.
La realidad es que, hoy, una parte mayoritaria de la sociedad ha dejado de condenar penalmente los escarceos extramaritales. Pero aún hay focos, en diversas partes del mundo, donde el adulterio está perseguido. En algunos casos, con consecuencias casi anecdóticas. En otros, con horca o lapidación.
El Corán, al igual que la Biblia, condena el adulterio. Marruecos es un país musulmán, pero no abundan estos casos. Está contemplado en dos artículos del código penal, que prevén entre un mes y un año de cárcel, pero no suele aplicarse más que en casos muy excepcionales.
Por eso resultó llamativa la condena del periodista Hicham Mansuri a 10 meses de cárcel tras acostarse con una mujer casada. La Policía irrumpió una mañana en el apartamento del periodista de 34 años, y lo encontró yaciendo con la susodicha. El ‘detalle’ de que perteneciera a la Asociación Marroquí de Periodistas de Investigación, de ideología de izquierdas y opositora al régimen, hace sospechar que el móvil inicial de la detención era otro, y la providencia de pillarlo in fraganti dio cobertura a los agentes para no ser tachados de coartadores de la libertad de expresión. «La asociación había sido verbalmente notificada de que pasaba a la ilegalidad y desde entonces comenzamos a tener problemas para reunirnos y organizar actividades», declaró un portavoz de este organismo.
Qatar es un país dicotómico: por un lado, tiene una de las legislaciones más liberales entre los países musulmanes. Sin embargo, aplica el derecho islámico en su sentido más estricto en ámbitos como la familia o algunos actos criminales. Esto lleva a una situación absurda en la que a las mujeres, si son violadas, se las condena por adulterio.
La holandesa Laura (nunca se concretó su apellido), mientras pasaba unas vacaciones en ese país, tras pasar una noche en uno de los pocos hoteles en los que está permitido el consumo de alcohol, despertó en el apartamento de un desconocido, de nacionalidad siria y casado. La joven de 22 años lo denunció por violación, lo que se volvió en su contra: fue condenada a un año de prisión y a pagar el equivalente a 824 dólares. Por suerte, intervino la embajada holandesa y fue deportada a su país sin pasar por la cárcel. En cuanto al violador, fue condenado a 100 latigazos por adulterio y 40 por consumir alcohol en público. Ni un solo latigazo por violación.
Sudán, Irak, Irán, Nigeria y Afganistán son una muestra representativa de países musulmanes con mano de hierro en casos de adulterio, al que aplican las interpretaciones más duras del islam. Según Amnistía Internacional, en Irán, «al menos nueve mujeres y cuatro hombres han recibido en los últimos años condena a morir lapidados por adulterio, aunque varios casos se están revisando y pueden conmutarse por penas alternativas». El Comité Internacional contra la Lapidación eleva la cifra a mas de 20, y 150 sentencias ejecutadas desde la revolución de 1979. Son cifras aproximativas, por la opacidad de los regímenes de estos países, y por otra circunstancia: aunque sus legislaciones no son tan estrictas, sus gobernantes dan cierta manga ancha a las leyes tribales, paralelas a las oficiales, y mucho más cercanas a la férrea doctrina islamista.
No hay que olvidar que el Corán se aplica según la interpretación de cada comunidad musulmana: este libro sagrado no contempla la lapidación ni en una sola de sus páginas, pero los clérigos más estrictos interpretan los hadices (dichos del profeta Mahoma) de forma extensiva y a veces contradictoria, para justificar en muchas ocasiones la terrible condena, en la que la mujer es la que sale peor parada. Aunque también un hombre puede ser lapidado por adúltero, las estadísticas siempre juegan en contra de ellas, lo que parte de su sometimiento en origen al casarse con quien decida su familia.
En Estados Unidos, el adulterio está contemplado en muchos estados como un delito punible que puede suponer cadena perpetua, como en el caso de Michigan. En otros, las penas previstas son menores, como Maryland, que impone multas, y muchos, como Wisconsin, tipifica las relaciones extramatrimoniales como un delito grave. Y si incurre un militar, puede implicar una corte marcial.
Esto es lo que figura en sus códigos legislativos, aunque no se lleva a la práctica, más que para alegarlo como causa de divorcio Desde que, en 1965, el Tribunal Supremo de Estados Unidos fallara a favor de la intimidad en un juicio por adulterio, la jurisprudencia no suele aplicar estas normas.
En Brasil y en parte de Europa el adulterio dejó de ser delito con la modificación del Código Penal de 2005. Hasta entonces, podía suponer entre 15 días y seis meses de prisión no sólo para el adúltero, sino también para su amante. En la actualidad aún quedan retazos de aquella norma como daño moral. Esta situación se repite en países como Italia y Francia.
Pedro de Arístegui
Fundación Hugo Zárate