Seguimiento de la estrategia contra las Operaciones Simuladas (Factureros)
Margarita Ríos Farjat, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT); Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y Carlos Romero Aranda, titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) mostraron los resultados del seguimiento a la estrategia de operaciones simuladas presentada el 20 de junio de 2019. Dicha estrategia se está implementando con la colaboración de estas tres unidades como se explica a continuación:
En una primera instancia, en junio de 2019, el Servicio de Administración Tributaria identificó 150 posibles empresas factureras a través de su Modelo de Riesgos. Éste incluye el seguimiento de empresas de nueva creación que tengan un incremento exponencial en la facturación e incongruencias entre lo facturado y lo declarado. De las 150 empresas identificadas se bloqueó el Certificado de Sello Digital (CSD) de 144 empresas, ya que de las 6 restantes se comprobó la materialidad de sus operaciones. Es decir, se constató que se encontraban en el domicilio fiscal, realizaban la actividad económica que tenían registrada ante el RFC y contaban con la infraestructura y el personal para acreditar los montos facturados.
Tras la cancelación de los CDS, una empresa acudió al SAT el mismo día que se notificó el oficio y fue atendida de inmediato. Una vez que dicha empresa acreditó que era de reciente creación y pertenecía a un grupo de empresas transnacionales, así como la actividad económica que realizaba, se levantó al día siguiente hábil el bloqueo de su sello, permitiéndole operar de manera normal.
Posteriormente, con la información del SAT, la Unidad de Inteligencia Financiera analizó la información de los 144 casos que incluía: 1) Relación de RFC y lo facturado por los ejercicios 2017, 2018 y 2019; 2) relación de clientes
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y lo facturado por los ejercicios 2017, 2018 y 2019; y 3) la relación de socios y accionistas, así como representantes legales. La UIF analizó los movimientos en las cuentas bancarias y generó alertas por lavado de dinero en el 100% de los casos.
En una primera etapa, la UIF seleccionó una muestra de 10 empresas y de ellas se identificaron 135 personas relacionadas (físicas y morales), asegurándoles cuentas bancarias. Dicho operativo se llevó a cabo el 9 de octubre de 2019.
A continuación, el SAT revisó los 145 casos remitidos por la UIF. Estos casos representan $50 mil millones de pesos facturados ($12 mmdp corresponden a los 10 casos de la primera etapa y $38 mmdp a los 135 sujetos relacionados). En 92 casos se bloqueó el CDS, en los restantes no se encontraron diferencias fiscales, o bien están inactivos en el RFC (amas de casa, estudiantes, empleados, etc.) o ya se liquidaron.
Asimismo, se dio vista a la Procuraduría Fiscal de la Federación para que procediera por defraudación fiscal contra quien reciba las ganancias. Además, se están integrando 14 investigaciones penales por lavado de dinero, que abarca a 145 sujetos, y el SAT está trabajando en 130 denuncias por delitos fiscales.
Si se compara el número de denuncias realizadas por el delito de expedición y/o enajenación de comprobantes que amparan operaciones inexistentes (artículo 113 del Código Fiscal de la Federación), entre el 2015 y el 2018, se presentaron únicamente 210 denuncias. De enero a septiembre de 2019 se han presentado 174 denuncias y se están preparando 130 denuncias adicionales.
Como se puede observar, estos resultados muestran que el Modelo de Riesgos que el SAT está implementando es eficaz para detectar empresas que realizan operaciones simuladas, ya que de 150 casos detectados, solo causó excepción en 6 contribuyentes. Esto demuestra una efectividad en la parte empírica del 96%, ya que de los 150 casos identificados procedieron 144. En cuanto a la efectividad probada en colaboración con la UIF es del
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100%, debido a que de los 144 casos transmitidos, todos coincidieron con el modelo de riesgo implementado por la UIF.
Gracias a la colaboración entre las Unidades se identificaron redes en las que se detectaron a todos los involucrados en el delito de factureros, tanto a los que emiten y reciben los comprobantes que amparan operaciones inexistentes, como a los que reciben las ganancias de tales conductas ilícitas. Las redes se generan a partir de la información fiscal con la que cuenta el SAT, respecto de la emisión, recepción y efecto fiscal de las facturas y se complementan con el flujo de dinero que la UIF detecta con base al sistema financiero, lo que sirve para la identificación e investigación penal de los futuros imputados.
Implementación de la Nueva Reforma Penal Fiscal
La Reforma Penal Fiscal, que entrará en vigor el próximo 1 de enero del 2020, permitirá continuar la persecución de los delitos fiscales básicos, y aportará mayores herramientas para la persecución de aquellos que por su configuración constituyan una amenaza a la Seguridad Nacional o sean cometidos por la delincuencia organizada.
Cabe señalar que únicamente los delincuentes fiscales peligrosos ameritarán prisión preventiva oficiosa. Estos son los contribuyentes que cometen un delito fiscal grave y la delincuencia organizada. Los primeros son aquellos que incurren en alguno de los delitos calificados en el Código Fiscal de la Federación, a saber: 1) Uso de documentos falsos, 2) proporciona datos falsos para obtener devoluciones, 3) no tiene registros contables, 4) omite enterar retenciones, 5) manifiesta datos falsos para compensar o acreditar, 6) declara pérdidas fiscales inexistentes y 7) defrauda por más de 7.8 mdp. Las consecuencias por incurrir en estos delitos son: sanciones de 3 meses a 13.5 años de prisión, prisión preventiva y no hay salidas alternas, pero procede el perdón.
Asimismo, la delincuencia organizada es un conjunto de 3 o más personas cuyo único objetivo es el crimen y no se consideran contribuyentes, ya que su actividad criminal es permanente o reiterada, se consideran Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS) y defraudan por más de 7.8
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mdp. Las consecuencias por realizar estas actividades son la prisión de 4 a 16 años y opera la prisión preventiva.
Los contribuyentes que no ameritan prisión preventiva son aquellos que cometen un delito fiscal básico y los contribuyentes comunes. Los contribuyentes que comenten un delito fiscal básico son aquellos que defraudan por cualquier monto a la autoridad fiscal, en estos casos puede aplicar la prisión de 2 meses a 9 años, pero no la prisión preventiva. Los contribuyentes comunes son aquellos que cumplen normalmente, en tiempo y forma, con sus obligaciones fiscales: realizan planeación fiscal y tienen omisiones por error o negligencia, en estos casos no aplica la acción penal.
Además, es importante señalar que existen filtros legales e institucionales que impiden el uso ilegal de las herramientas contra los delincuentes fiscales. Los filtros institucionales y legales que se siguen antes de que se aplique la prisión preventiva son: 1) Auditoría del Servicio de Administración Tributaria, 2) querella de la Procuraduría Fiscal de la Federación, 3) investigación de la Fiscalía General de la República, 4) investigación con control judicial (el imputado tiene conocimiento del delito y ofrece pruebas), 5) juicio, 6) sentencia y 7) medios de impugnación y juicio de amparo.
Lo anterior obliga a la realización de revisiones periódicas a la aplicación de la norma, a efecto de mantener el Estado de Derecho, y, en su caso, proponer las reformas pertinentes.
Por lo anterior, el SAT requiere a todos los contribuyentes que revisen su facturación lo antes posible. En caso de existir alguna duda respecto a alguna factura u operación celebrada con alguna EFOS se invita a acercase al SAT. El SAT está en la mayor disposición para ayudar a las personas a autocorregirse en caso de haber cometido el error de comprar una factura, que quizá fue por inexperiencia, por curiosidad, por apuro económico o porque “se les hizo fácil”. Los contribuyentes que tengan alguna duda pueden acudir a la oficina desconcentrada que les corresponda o en las oficinas de BANCEN, teniendo a su disposición también el correo electrónico denuncias@sat.gob.mx y el teléfono 0155-62722-728
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El Gobierno de México combatirá la facturación de operaciones simuladas a través del trabajo conjunto del SAT, la UIF y la PFF.