Comienzan despidos de personal en el Ayuntamiento de Zitácuaro
* Los trabajadores afectados buscan orientación legal.
#Zitácuaro, #Michoacán, 31 de julio de 2018.- Por: Guadalupe Solache Rebollo. Por fin de la administración actual, en el Ayuntamiento Municipal de Zitácuaro, ha comenzado una ola de despidos de personal en sus diferentes niveles.
“Aunque no es de nuestra competencia el tema, con nosotros han venido varios ex trabajadores que buscan orientarse sobre sus derechos laborales que se les deben cumplir por haber sido despedidos sin ningún motivo”, explicó el Presidente de la Junta Especial No. 10 de Conciliación y Arbitraje en esta ciudad, Juan Carlos Negrete Ruiz.
Aclaró que cuando el problema obrero patronal es de la iniciativa privada a la autoridad que le toca atenderlo es la Junta de Conciliación y Arbitraje y cuando se trate de un despido por parte de los ayuntamientos de la entidad, quien tiene la facultad de dar solución es el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Con base en la Ley Federal del Trabajo, precisó que toda aquella persona que sea separada de su fuente de trabajo de forma injustificada o aunque haya alguna causal, dispone de un término de dos meses para interponer una demanda ante la autoridad competente, a fin de exigir el cumplimiento de sus derechos.
Negrete Ruiz, añadió que hasta ahora las personas que fueron despedidas del Ayuntamiento, con las que han tenido dialogo, mencionan que no han sido separados de su empleo por alguna causal, por lo que es injustificada esta acción de parte de la autoridad municipal. Por lo tanto, el siguiente paso a seguir debe ser iniciar de inmediato el juicio y seguir con las etapas procesales a fin de que se dicte la sentencia que ponga fin al problema.
Insistió que cualquiera que sea el caso, la persona que lo requiera, puede acudir a la dependencia a su cargo a recibir la orientación adecuada, que cuenta con personal preparado para atenderlos.
Para quienes desconocen la tarea de esta dependencia, recordó que su principal función es la de dirimir conflictos entre patrones y trabajadores, ya que es común que se lleguen a confundir las atribuciones de esta dependencia, su facultad es administrar justicia laboral con una actuación imparcial; en ningún momento se pueden asumir como abogados de una de las partes, ya sea obrero o patrón.